lunes, 12 de agosto de 2013

DISQUISICIONES JURÍDICAS EN UN VERANO DE BARCELONA

Miquel A. Falguera i Baró. Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.


Es costumbre que la prensa en verano se dedique a aconsejar a sus lectores sobre actividades para disfrutar el ocio en vacaciones. También en este blog hallarán ustedes cuando llegan estas fechas recomendaciones de lecturas o divertimentos literarios escritos por su editor. No sé si es el calor y la modorra que comporta; o, tal vez, la falta de noticias y de debate ciudadano. Porque, aunque haya crisis y poco dinero, el Agosto mediterráneo –siendo insoportable- hace dormitar a los ciudadanos, para desconcierto de los teutones y otros tipos septentrionales.

Hace ya tiempo que José Luís me viene reclamando que escriba algo en este ilustre blog, pero uno se va haciendo el remolón, enfrascado en sentencias, publicaciones y en polémicas jurídicas.

Pero como la llamada del editor de hace unos días tenía carácter de ultimátum y uno precisa de un cierto reposo mental que lo aleje del debate iuslaboralista, me van a permitir que me sume a esa tendencia de la intrascendencia veraniega y les proponga que me acompañen por una breve caminata por mi barrio de acogida, Sants (aunque uno nació, y a mucha honra, en el menestral y obrero Poble Sec).  Por si se quedan en Barcelona de vacaciones –que la crisis es mucha crisis- o si, por un casual, son ustedes visitantes en mi ciudad (en este caso, sean ustedes bienvenidos).

Ya sé que con los calores no apetece mucho andar. Pero no se preocupen, la ruta que les propongo no tendrá más de cuatrocientos metros y, en su mayor parte, la realizarán ustedes bajo la sombra de frondosos plataneros. Y si quieren, podemos hacerla a última hora de la tarde, cuando ya los termómetros van a la baja.

Les propongo empezar el recorrido en la esquina de la calle Galileu con Valladolid. Delante suyo podrán ver un alta chimenea y, tras ella, un viejo edificio rehabilitado que alberga la escuela Barrufet (uno de los centros docentes de más amplia tradición democrática y multicultural de estos lares) y una biblioteca pública. Esa chimenea y ese edificio son los restos del denominado Vapor Vell, es decir, una de las primeras fábricas textiles instaladas en España que funcionaba con vapor (palabra que se utilizaba en catalán en el siglo XIX para denominar las nuevas empresas que usaban esa fuente de energía) Pueden acceder a información al respecto en Wikipedia, aunque les advierto que sólo hallarán entradas en catalán, euskera y noruego del norte.

Pero el Vapor Vell no fue una fábrica cualquiera. Aunque hubo luego muchas otras en Sants, allí se produjo una de las pocas experiencias luditas del movimiento obrero español (salvo que ustedes consideren que el extraño fenómeno de la Mano Negra era tal).  Tras la huelga de las selfactinas en 1854 (al respecto sí hay entrada de la Wikipedia en castellano), al año siguiente se produjo la primera huelga general en Cataluña, momento destacado en forma casi unánime por los historiadores como el inicio del movimiento obrero en España. A lo largo de ese conflicto y aquí, en esta esquina de las calles Galileu y Valladolid, resultó tiroteado el director del Vapor Vell, Josep Solé i Padrís, mano derecha del prohombre empresarial y mecenas de Gaudí Joan Güell i Ferrer (con calle en el barrio).  La respuesta del poder se cobró la vida del dirigente obrero Josep Barceló –por la imputación de otro lejano asesinato en un lugar que él nunca había visitado en un proceso lleno de irregularidades-. La primera escuela de formación sindical de la CONC llevó su nombre, por el empeño del maestro Ángel Rozas.

En esta esquina, si afinan el oído, aún podrán oír los gritos de aquella primera huelga y, si me apuran, el fragor del equivocado disparo.

Acompáñenme ahora por la calle Valladolid. Mientras tanto, podemos conversar del recientemente publicado R Decreto-Ley 11/2013. Ya sé que había prometido no hablar de Derecho, pero, amigo mío, mi mundo es ése y pocos temas más de conversación tengo para recorrer los apenas trescientos metros de dicha calle. Y, haciendo oídos sordos a sus quejas, empezaré destacando cómo dicha norma queda lejos de dar la cobertura necesaria en materia de Seguridad Social a una buena parte de los trabajadores a tiempo parcial (aunque se ha mejorado, un poco, la condición de las personas que llevan muchos años sin poder realizar jornada completa). Mas mi reflexión va por otros lindes: ese pequeño cambio surge de las variadas sentencias del Tribunal Constitucional que declararon contrario a la Constitución el trato legal anterior de ese colectivo. Pero ocurre que en otros pronunciamientos previos de dicho órgano se había prácticamente validado esa misma regulación. ¿Por qué esa deriva en el TC? El tema es simple: en noviembre pasado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea había llegado a la conclusión que el mentado precepto infringía la Directiva Comunitaria de Igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social, a raíz de una valiente cuestión prejudicial que había planteado el titular del Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona, Joan Agustí.  Entonces, tras esa sentencia del TJUE, el TC dictó su primera sentencia al respecto, dando respuesta a la cuestión de inconstitucionalidad que había formulado el TSJ de Galicia… nueve años y medio antes…

Cabría preguntarse porqué nuestro TC ha sido –al menos, en el terreno laboral- tan pacato siempre declarando la inconstitucionalidad de las leyes estatales. Con contadas salvedades hallarán ustedes pocos supuestos en que dicha declaración se haya efectuado, con la excepción de normas que han sido ya previamente derogadas; o, como en este caso, cuando el TC no podía hacer otra cosa que seguir los dictados del TJUE.

Y es ésa una tendencia que no viene de nuevo: tiene una larga tradición. Es decir, que el órgano con exclusiva competencias para dilucidar si una ley (no un reglamento: eso lo podemos hacer los jueces ordinarios) se adecua a la Constitución casi siempre –salvo esos supuestos excepcionales “inocuos”- ha dado una respuesta positiva. Tal vez ello explique el claro interés de los partidos políticos en los nombramientos de sus miembros. ¿Quizás también explique algunos fenómenos recientemente conocidos de alta transcendencia mediática?

Pero, abstraído en la charla, no me he dado cuenta de que hemos llegado al final de la calle Valladolid, al desembocar en la de Vallespir.

Pues bien, si miran ustedes en frente podrán comprobar cómo hay un pequeño descampado vallado, de fincas derruidas hace años, cuando el entorno de la Estación de Sants tenía que ser remodelado, con motivo de la llegada del AVE. Pero, aunque el AVE llegó se acabaron los dineros. Y ahí seguimos, un lustro después, con un amplio espacio destartalado.

Pues bien, en ese descampado que verán ustedes al frente, en el número 12 de la calle Vallespir, se alzaba el Ateneu Racionalista de Sants dónde se celebró el famoso Congreso de Sants de la CNT catalana en 1918 (hay entrada en la Wiki, aunque esta vez sólo en catalán); congreso en el que se aprobó el salto del modelo de sindicato de oficios y que conformó el nuevo  sindicalismo confederal, lo que conllevó al éxito, dos años después, de la huelga de la Canadenca y la conquista –por vez primera, aunque en forma efímera- de la jornada de ocho horas.


Acérquense todo lo que puedan a la valla. La tierra que pisarán la recorrieron hace casi un siglo Angel Pestaña y Salvador Seguí, el Noi del sucre.  Ni una triste placa recuerda la efeméride. Sólo una especie de plafón colocado por el Ayuntamiento pide consejo a las organizaciones de barrio para determinar el uso temporal del predio… ¡qué poca imaginación y qué dislate: eso se antoja tierra sagrada!

Por suerte, la destartalada plaza que se abre ante sus ojos –también afectada por la falta de fondos tras el AVE- lleva por nombre Joan Peiró (aunque dudo mucho que los burócratas municipales conocieran la proximidad del lugar de celebración del Congreso: ocurre que Peiró, que se encumbró como dirigente confederal tras el mismo, había nacido en Sants)

Llegados a este punto mi “otro yo” jurista sale a la superficie, dándole de nuevos vueltas al R Decreto-Ley 3/2013.

Verán: se ha hablado mucho por la prensa de la nueva regulación que se ha dado a la impugnación individual de los despidos colectivos. Pero en general se ha omitido algo esencial: la nueva norma nos dice a los jueces que esos despidos “únicamente” podrán ser declarados nulos cuando se incumplan los requisitos de celebración del período de consultas, la aportación de la documentación correspondiente en el mismo, el sometimiento a la decisión del juez del concurso en caso que la empresa se halla sometido al mismo, el seguimiento del procedimiento específico en el supuesto de fuerza mayor o la vulneración de derechos fundamentales. Nada nuevo –estaba ya así tras la Ley 3/2012- salvo ese “únicamente”. Una minucia, se dirán. Pues no: ocurre que una buena parte de los pronunciamientos hasta ahora recaídos en la materia habían considerado que la decisión extintiva era antijurídica por variados motivos, como el fraude de ley o, especialmente, la falta de proporcionalidad de la extinción (por ejemplo, el caso de Telemadrid, en el que un descenso de ingresos del diez por ciento comportaba la extinción del ochenta por ciento de los contratos).

Pues bien, ahora cuando jueces y tribunales lleguemos a la conclusión que el despido, aún existiendo causa, es fraudulento, sólo podremos declarar –sin que quede claro- que no es ajustado a derecho, lo que comporta menos tutelas para los trabajadores….

Perdido en mis elucubraciones jurídicas casi me olvido de observar que delante de ustedes se extiende una amplia avenida (el Passeig de Sant Antoni) y un poco más allá un parque. A su izquierda verán la Estación de Sant. Pues bien, todo este basto terreno era, en su día, la España Industrial (también conocida como “el Vapor Nou” –nuevo-). Probablemente una de las fábricas textiles más grandes que existieron nunca en España, que fundó la familia Muntadas Prim, también con calle en el barrio. El paradigma durante buena parte del siglo XX de la empresa fordista (con guardería, club deportivo, trabajo en cadena, comunicación por ferrocarril…)

A su izquierda verán un astrado parque infantil. En él aún se podían observar hace unos años los vestigios de los vestuarios de la empresa…

Si se detienen un momento y se concentran podrán sentir las desesperanzas, las luchas y los desvelos de los miles de trabajadores que allí se consumieron…

Pero no quiero dejarles escapar sin hablar de la famosa ultractividad de los convenios. De hecho, el editor de este blog viene tiempo ha pidiéndome que escriba sobre el tema. Algunas reflexiones mías podrán encontrar por ahí sobre el tema en las mejores revistas especializadas. En concreto, la que yo dirijo para la sección de lo social de Jueces para la Democracia, aunque les advierto que también en este caso la publicación está en catalán.

Pues bien, no me voy ahora a detener sobre los intríngulis de la nueva regulación –estamos en Agosto- sólo quiero reseñar que en la etapa inicial de aplicación de este tema a mí me aparecen trece problemas jurídicos de hondo calado (hay más, pero surgirán en el futuro) Y cabrá preguntarse cómo se puede ser tan chapuzas. De hecho, la reforma laboral del 2012 es una enorme chapuza técnica, más allá de sus contenidos. Es lo que ocurre cuando las leyes se hacen desde la mera ideología y el sectarismo (aplíquenlo también a las leyes elaboradas por la izquierda)

Pero también cabrá remarcar otro aspecto que se olvida: todo este debate y toda esta problemática se habría evitado si los agentes sociales hubieran negociado –hace muchos, muchos años- los procedimientos aplicables de futuro en los convenios, bien en los propios textos de éstos, bien mediante Acuerdos Interconfederales.  De  aquellos barros nacieron esos lodos.

Y aunque es cierto que el Acuerdo catalán sobre ultractividad pude componer –mal y tarde- gran parte de esa problemática aplicativa, no puedo dejar de criticar el lamentable, generalista y vacío de contenido acuerdo estatal sobre la misma materia.

Ahora, el legislador y los agentes sociales nos miran a los jueces para que les solucionemos la papeleta. Y la respuesta final –que les adelanto ya, llegará a medio plazo, hasta que el tema se sustancie por el TS o, en su caso, por el TC- dejará descontentos probablemente a tirios y troyanos. Ya se sabe: los jueces somos los malos de la película. En definitiva, para eso nos pagan los ciudadanos.

En un paseo de apenas trescientos metros hemos recorrido todo el imaginario del movimiento obrero de los siglos XIX y XX: desde los inicios del industrialismo, la primera huelga general y las prácticas luditas hasta el fordismo, pasando por la conformación del sindicalismo confederal. En pocos lugares hallarán ustedes en tan poco espacio hitos históricos similares. Y siento haberles chafado el paseo con mis amargos comentarios de un jurista que ve cómo su disciplina hace aguas.

¿Y ahora qué, se preguntarán?. Pues poco más puedo ofrecerles. Si atraviesan la Estación de Sants se internarán en el Eixample barcelonés. A pocos metros verán enormes edificios de oficinas de servicios. Y entrarán en esa cuadrícula tan impersonal y tan de nuevos ricos, en la que cada vecino es un extraño para el otro.

O, si prefieren seguir con el viaje histórico pueden ustedes cruzar el Passeig de Sant Antoni, bajar por la calle de Riego –en honor del ilustre general asturiano- y cruzar la calle de Sants. Delante suyo encontrarán la calle Cros y allí hallarán en pocos metros el lugar dónde se fundó pocos días antes del 14 de abril de 1931 Esquerra Republicana de Cataluña. Ésa es la opción antigua: contra lo que se acostumbra a creer la parte vieja de la antigua Vila de Sants discurría alrededor de la actual Calle de Sant Crist (en la siguiente esquina), el antiguo “camí ral”, que comunicaba Barcelona con Castilla y, en especial, en la parte sur del barrio, alrededor de lo que hoy es la vía semicubierta del ferrocarril. El sector más cercano a la Marina de Sants –más o menos la actual Zona Franca-, dónde malvivían los campesinos pobres que surtieron de mano de obra barata a los Güell i a los Muntada para sus imperios fabriles.

Ustedes eligen: o esa insolidaria y pequeño burguesa modernidad del Eixample –ya no, tan nueva- o perderse por los recovecos de lo viejo. Perdóneme si no les acompaño a partir de aquí. Yo me quedo en mi barrio.

Si quieren hacer ese corto recorrido por el paisaje de Sants –y por la historia del movimiento obrero de Barcelona, Cataluña y España- dense prisa porque en menos de dos semanas empieza la fiesta mayor de mi barrio de acogida. Y prácticamente todas las calles que les he citado estarán engalanadas, y llenas de gente bailando, niños jugando y viejos jugando al dominó.

Porque la gente digna se divierte cómo puede. Incluso con crisis. Porque la gente digna no olvida de dónde viene. Incluso con la crisis. Y porque la gente digna sabe (aunque a veces no lo medite demasiado, extasiada aún por la droga de la falsa riqueza que tanto ha emponzoñado la razón), quiénes son los culpables. 

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